En los textos que tratan sobre los movimientos migratorios se leen con frecuencia términos como illegal migration, illegal border crossing, unauthorised border crossing, illegally staying third-country nationals y otros que contienen un elemento que denota alguna formade actuación al margen de la legalidad y cuyo uso en la redacción y la traducción de los documentos de la UE noparece siempre coherente (…).
Sin embargo, no está de más pararse a reflexionar sobre esta multiplicidad terminológica y observar algunas diferencias. En la calificación de «ilegal» hay dos elementos que no contiene la de «irregular»: uno es la posibilidad de categorización penal y la correspondiente sanción de un acto calificado como «ilegal» y, en consecuencia, la posible criminalización de la persona o el grupoque lo realiza, y otro es la exclusión con respecto al disfrute de determinados derechos o beneficios que la situación de ilegalidad puede acarrear para quienes se encuentren en ella, y que no siempre afecta a aquellos que se encuentran en situación irregular (…).
Teniendo en cuenta estas consideraciones, y para evitar un lenguaje cuya interpretación pueda dar lugar a la criminalización indebida de determinados actos y personas, parece recomendable utilizar preferentemente «irregular» en los siguientes casos:

Aún abusando un poco de la misma suente, no me resisto a destacar hoy estos párrafos del importante artículo publicado por la Dirección General de Traducción de la Comisión Europea en su revista Punto y Coma nº 156 (pag. 5) para contribuir a aclarar la traducción de estos términos tan delicados por sus implicaciones jurídicas y sociales para millones de personas.
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Merece la pena